A partir del 26 de mayo, entró en vigencia el Régimen Excepcional de Facilidades de Pago, a través de la cual podrán regularizarse las obligaciones tributarias correspondientes hasta el 31 de marzo de 2017.
El acogimiento a la moratoria, tiene como beneficio la reducción de intereses de hasta el 90% e importantes reducciones de multas y sanciones.
El subdirector de Rentas, Juan Fernández, expresó que el Régimen Excepcional de Facilidades de Pago comenzó el 26 de mayo y culminará el 31 de julio de este año. El funcionario expresó que la deducción de intereses por el pago de deudas variará según la fecha de inscripción a la moratoria, según pagos de contado y parciales. Para poder regularizar estas deudas, es importante que los contribuyentes abonen los pagos correspondientes a los periodos subsiguientes a marzo, explicó al ser entrevistado por Radio LV 12.
Al régimen ingresan las deudas obtenidas hasta el 31 de marzo de 2017 correspondiente a los impuestos sobre los Ingresos Brutos, para la Salud Pública y de Sellos -en su carácter de contribuyentes o responsables-, Inmobiliario, Automotores y Rodados, Cisi Comunas Rurales y a las Tasas al Uso Especial del Agua y Retributivas de Servicios.