Se pueden regularizar las deudas vencidas y exigibles al 31 de agosto del 2022.
La Dirección General de Rentas informó que, por decisión del Poder Ejecutivo Provincial, se prorrogó la vigencia del Plan de Facilidades de Pago hasta el 31 de enero de 2023.
El subdirector de Rentas, Juan Fernández explicó que comprende las deudas vencidas y exigibles al 31 de agosto del 2022, de los impuestos sobre los Ingresos Brutos para la Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, Automotores y Rodados, CISI - Comunas Rurales, Tasa al Uso Especial del Agua y la Tasa Retributiva de Servicios, intereses, recargos y multas.
En ese sentido, informó que la forma de poder acceder al plan es a través de la página web del organismo, utilizando la clave fiscal otorgada por la AFIP.
Las condiciones para ingresar, dijo Fernández, son tener cumplidas y abonadas las obligaciones que vencen después del 1 de septiembre de 2022. “En el caso de impuesto inmobiliarios y automotores son las cuotas 9, 10, 11 y 12 del año pasado, más la cuota de enero de este año. Y en el caso de los impuestos sobre los ingresos públicos y para la salud pública son los anticipos 8, 9, 10, 11 y 12/22”, contó.
En cuanto a los beneficios de la prórroga del plan de facilidades de pago, el subdirector afirmó que es la bonificación del 100% de los intereses que se devengaron hasta el 31 de diciembre de 2019. “Cuando las deudas son anteriores a esa fecha, los intereses que han transcurrido hasta el 31/12/2019 están totalmente bonificados”, explicó.
Y aclaró que los intereses devengados a partir del 1 de enero de 2020 tienen una bonificación del 70% cuando el pago se hace de contado, un 60% si se hace un plan que no excede de julio de 2023 que viene y para el resto un 50%”, aseguró y cerró: “Los planes que se solicita el acogimiento en enero el primer pago parcial se da el 15 de febrero”.
Por su parte, Felipe Carrizo, del departamento Técnico Tributario de la Dirección General de Rentas, recordó que se encuentra vigente la posibilidad hasta el 17 de enero del 2023, que los contribuyentes de los impuestos inmobiliarios, automotores y rodados y CISI y comunas rurales puedan efectuar el pago con la bonificación del 30%.
Para ello, los contribuyentes pueden obtener la boleta ingresando a la página de Rentas donde podrán imprimirla. Allí también están a disposición los botones de pago utilizando cualquier tarjeta de cualquier banco.
“Si el contribuyente no cuenta con sistema informático, se puede dirigir a las bocas de pago Rapi Pago o Pago Fácil y efectuar el pago, sin contar con la boleta física, con la sola indicación del padrón, la patente del vehículo y la cuota que desee abonar”, concluyó Carrizo.