Miércoles, 25 de diciembre, 2024
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  • Prorrogan hasta el 31 de enero el Régimen de Facilidades de Pago

    02 Ene 2024 13:46
    Dirección General de Rentas

    El referido régimen comprende las deudas vencidas y exigibles al 31 de agosto del 2023 de diferentes impuestos.

    La Dirección General de Rentas informó este martes que, por decisión del Poder Ejecutivo Provincial, se prorrogó el Régimen de Facilidades de Pago de los tributos provinciales hasta el 31 de enero de 2024.

    "En este régimen se pueden regularizar deudas de los tributos provinciales de los impuestos Ingresos Brutos, Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, Automotores y Rodados, CISI, Comuna Rural, Tasa Retributiva del Servicio y la Tasa al Uso Especial del Agua", comentó Felipe Carrizo, de la División Normas Tributarias del Departamento Técnico Tributario de Rentas y explicó que las deudas que se pueden regularizar son las vencidas de estos tributos hasta el 31 de agosto del 2023.

    Según informó Carrizo, el contribuyente tiene que acceder a la página de la Dirección General de Renta, www.rentastucuman.gov.ar, y allí utilizando la CUIT y la clave de la AFIP podrá generar su solicitud.

    "La condición es que tengan regularizadas las obligaciones tributarias que hayan vencido a partir del 1 de septiembre del 2023 hasta las que vencen en este mes de enero del 2024", comentó. 

    Los beneficios que otorga el régimen de facilidades son la bonificación del 100% de los intereses que se devengaron hasta el 31 de diciembre de 2020. Por los intereses devengados a partir del l° de Enero de 2021: 

    Bonificación del 70% por pago de contado,

    Bonificación del 60% cuando la cantidad de pagos parciales para cancelar el plan no excedan del mes de junio del 2024,

    Bonificación del 50% cuando la cantidad de pagos parciales para cancelar el plan excedan del mes de junio del 2024.

    Para el caso de las multas, importantes reducciones de las mismas en función a su estado. Para el caso de las sanciones de clausura, se establece el beneficio de remisión de la misma con condiciones, consistentes en la sustitución de la sanción por el ingreso de un importe fijo.

    Para finalizar, Carrizo explicó que las solicitudes de los planes de pago efectuados en enero, deberán efectuar el primer pago parcial o pago de contado el 15 de febrero de 2024.

    A su turno, Sergio Guerra, jefe de la División de Dictámenes y Capacitación de la Dirección General de Rentas, comunicó a los contribuyentes los beneficios que tienen para el pago del impuesto inmobiliario y a los automotores y rodados. "El más importante es el pago anual anticipado hasta el 17 de enero del 2024. Tienen un descuento del 30%", afirmó y remarcó: "De optar por esta opción no van a sufrir ningún ajuste durante el periodo fiscal 2024. Eventualmente, si se hace algún ajuste en la evaluación del inmueble o del vehículo, no se les va a cobrar ningún tipo de diferencia durante el periodo fiscal 2024".

    En ese sentido, Guerra aseguró que los beneficios son excluyentes entre sí y "tienen también el beneficio del descuento del 8,33% en cada cuota que abonen a través de cesión de haberes o a través de débito automático en caja de ahorro o cuenta corriente".

    Finalmente, el tercer beneficio es la bonificación de la cuota 12 por el pago en tiempo y forma de las 11 primeras cuotas. 

    En referencia a las bocas de pago, Guerra dijo que para cancelación de obligaciones tributarias están el Banco Macro, Banco Santiago del Estero, Caja Popular de Ahorro, Pago Fácil, Rapi Pago y el botón de pago que está disponible en web www.rentastucuman.gob.ar con cualquier tarjeta de débito.