Lunes, 23 de diciembre, 2024
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  • El COE habilitó nuevas actividades sociales, comerciales y deportivas

    27 Ago 2021 12:17

    La autorización abarca actividades con modalidad especial. Se exige el cumplimiento de protocolos sanitarios.

    De acuerdo a la evolución de la situación sanitaria de Tucumán, en atención a los indicadores epidemiológicos actuales y conforme al avance de la campaña de vacunación contra el Covid-19 que se desarrolla en todo el territorio provincial, según los lineamientos del Ministerio de Salud Pública, el Comité Operativo de Emergencias emitió la Resolución N°108, el 23 de agosto, donde dispuso la autorización de actividades con modalidad especial que podrán llevarse a cabo con la aplicación de protocolos estrictos.

    Actividades autorizadas con modalidad especial 

    1. Reuniones sociales y familiares desarrolladas en domicilios particulares de más de 10  personas. Si el domicilio contara con espacio al aire libre y la reunión se realizara en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta 20 personas. }
    2. Comercio en general, profesionales liberales y afines, y servicios varios podrán trabajar en el horario de 10:00 a 19:00. Deberán garantizar el cumplimiento de las reglas de conducta general: distanciamiento, uso de barbijo o tapabocas, higienización de manos, ventilación cruzada constante, sin perjuicio de lo estipulado en los protocolos específicos.
    3. Locales gastronómicos (restaurantes, bares, entre otros): El horario de atención de servicios en mesas será de 7:00 a 4:00, con ocupación  de hasta el 50% de la capacidad en espacios cerrados y con ventilación cruzada constante. Hasta cuatro personas por mesa (salvo burbuja familiar) y distanciamiento de dos metros entre mesas contiguas, uso de barbijo en todo momento, salvo para ingerir bebidas y alimentos, tanto en espacios cerrados como abiertos.
    4. Salones de fiesta, discotecas y salones de baile: Solo en modalidad bar, bajo estricto cumplimiento de las pautas establecidas en el inciso anterior sobre locales gastronómicos. Podrán funcionar hasta las 4:00, con ocupación de hasta el 50% de la capacidad en espacios cerrados, hasta un máximo de 300 personas.
    5. Ferias: Solo podrán funcionar las ferias locales y a cielo abierto.
    6. Gimnasios, centros de entrenamiento y afines: Únicamente podrán permanecer abiertos para entrenamiento individual, sin clases grupales. Horario de 7:00 a 00:00.
    7. Celebraciones de culto: podrán realizarse en espacios cerrados hasta el 50% de la capacidad.
    8. Turismo: hotelería y prestaciones turísticas   registradas. Deberán cumplir los protocolos de la Resolución C.O.E. N°63/2020, los pasajeros deberán completar la declaración jurada de Turismo, descargándola de la página del Ente Tucumán Turismo www.tucumanturismo.gob.ar
    9. Salas de juegos de azar: exclusivamente funcionarían en modalidad electrónica.

    Contralor 

    La Resolución dejó establecido que el personal dependiente del Ministerio de Seguridad y de los demás organismos que lleven adelante el control de lo dispuesto deberá remitir, de forma inmediata, constancia de la supuesta infracción captada a través de cualquier medio, incluso electrónico, a fin de dar actuación a la autoridad judicial competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.