Publicidad

Para garantizar la efectividad de la comunicación pública y la transparencia en la asignación de recursos, la Secretaria de Comunicación Pública creó una nueva sección llamada “Publicidad” en donde podrás encontrar todas las herramientas necesarias para acceder a la pauta publicitaria oficial.

Conocé cuales son los Requisitos  y Modelos de Notas, según el medio, necesarios para ser proveedor del Estado.

Importante: NO PODRÁN CONTRATAR CON EL ESTADO (Secretaría de Estado de Comunicación Pública) aquellas personas físicas o jurídicas alcanzadas por las causales previstas en el Artículo 108 incisos a), b), c), d), e) y f) del Decreto Acuerdo 22/1 de fecha 23 de abril de 2009.

REQUISITOS PROVEEDORES DEL ESTADO

MODELO SITIOS WEB

MODELO TELEVISON

MODELO RADIOS

MEDIOS GRAFICOS

No podrán contratar con el estado

Según Art. 108 - Decreto Acuerdo Nº22/1 - 23/04/2009:


a) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas.

b) Los agentes y funcionarios del Estado Nacional, Provincial o de las Municipalidades y Comunas Rurales, ni las empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social.

c) Los fallidos, interdictos y concursados, salvo que estos últimos presenten la correspondiente autorización judicial.

d) Las personas con causa penal pendiente por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública, o contra la fe pública, o por delitos contemplados en la Convención Internamericana contra la Corrupción, Ley Nº 24.759, en la cual se haya dictado auto de elevación a juicio y éste se encuentre firme.

e) Los deudores morosos de la Provincia.

Para los medios digitales tucumanos

A partir del 1 de enero de 2022, la Secretaría de Estado de Comunicación Pública unificará las medidas de los banners para páginas web de Tucumán según los estándares que marca Google a nivel mundial. De ese modo, las nuevas medidas de los banners serán:


PARA DISPOSITIVOS MÓVILES:
320 x 100 px.
300 x 200 px.
300 x 250 px (cuadrado y rectangular).

PARA ESCRITORIO (DESKTOP):
970 x 90 px (leaderboard grande).
728 x 90 px (leaderboard).
300 x 600 px (media página).
970 x 250 px (billboard).
300 x 250 px (cuadrado y rectangular).

Certificación de Publicidad Oficial.

Condiciones para su aceptación:

1. Los certificados de emisión y los comprobantes de aviso deberán ser remitidos dentro de los diez (10) días de finalizada la prestación. Las certificaciones deberán remitirse junto con su factura correspondiente. Las mismas serán rechazadas por Mesa de Entradas de no encontrarse debidamente confeccionadas.

2. Todo cambio o modificación en la orden, o en el contenido a que se refiere la misma, deberá ser comunicado a [email protected] para su autorización. Sin previa autorización no se validará la emisión.

3. La Secretaría de Estado de Comunicación Pública se reserva el derecho de modificar y/o anular y/o rescindir las órdenes de publicidad. Esta facultad es ineludible para la contratación y el destinatario de la presente presta conformidad.

4. La Secretaría de Estado de Comunicación Pública se reserva el derecho de rechazar anuncios mal difundidos o que sean emitidos contrariando las ubicaciones especificadas.

A continuación, descargue en formato PDF los modelos para la correcta confección de los certificados de emisión:

Certificación Cable

Certificación Radio

Certificación Gráfica

Certificación Via Pública

Certificación WEB

Certificación Redes